Fecha del oficio y Autoridad Emisora
06/03/2018 - SHCP - Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Asunto del oficio
06/03/2018
PRIMERO.- Se autoriza, exclusivamente para efectos de lo previsto por el artículo 105 de la Ley de Instituciones de Crédito, el uso de la palabra Crédito en la denominación Crédito Empresarial de Juárez, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R., la cual pretende ser utilizada por la sociedad actualmente denominada Crédito Empresarial de Juárez, S.A. de C.V., Unión de Crédito, quien adoptará el régimen de sociedad financiera de objeto múltiple.
SEGUNDO.- El otorgamiento de la presente autorización, no faculta a la sociedad para realizar operaciones y actividades expresamente reservadas a intermediarios financieros autorizados por el Gobierno Federal en términos de las leyes financieras.
TERCERO.- La presente autorización queda sujeta a las siguientes condiciones suspensivas:
a) Que Crédito Empresarial de Juárez, S.A. de C.V., Unión de Crédito, adopte el régimen de Sociedad Financiera de Objeto Múltiple;
b) Se acredite en tiempo y forma ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, el cumplimiento de lo establecido en el Antecedente 4 de este oficio; y
c) Que Crédito Empresarial de Juárez, S.A. de C.V. Sociedad Financiera de Objeto Múltiple, Entidad No Regulada, obtenga su alta ante el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES) a cargo de la CONDUSEF.
CUARTO.- Una vez actualizadas las condiciones suspensivas, la presente autorización quedará sujeta a las condiciones resolutorias siguientes:
a) Que Crédito Empresarial de Juárez, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R., pierda su carácter de sociedad financiera de objeto múltiple;
b) Que no mantenga un registro vigente ante la CONDUSEF, o bien, le sea cancelado en términos de la LGOAAC;
c) Que se extinga como persona moral.
Palabras reservadas
Crédito
Tipo de resolución
Autorizado